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Directiva (UE) 2025/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de abril de 2025, por la que se modifican las Directivas (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida por parte de las empresas.

La Directiva introduce modificaciones en los plazos para la aplicación de las obligaciones de reporte de sostenibilidad corporativa y de debida diligencia. Su principal objetivo es reducir la carga administrativa que enfrentan las empresas, otorgándoles más tiempo para adaptarse a estas nuevas exigencias. A pesar de estos cambios, se asegura que los objetivos de sostenibilidad establecidos en el Green Deal europeo no se verán alterados. Esto refleja un enfoque equilibrado entre la necesidad de cumplir con estándares de sostenibilidad y la realidad operativa de las empresas.
Nuevas fechas:
Tipo de empresa |
Fecha original |
Nueva fecha (tras 2025/794) |
Notas |
Grandes empresas (>500 empleados, cotizadas o no) |
1 de enero de 2024 |
1 de enero de 2025 |
Informes de sostenibilidad obligatorios. |
Empresas medianas/grandes cotizadas (excepto microempresas) |
1 de enero de 2025 |
1 de enero de 2026 |
Ampliación de un año para preparar informes. |
Empresas de terceros países con actividad significativa en la UE (filiales grandes) |
1 de enero de 2028 |
1 de enero de 2029 |
Requisitos de reporte para filiales extranjeras. |
Aplicación de la Directiva sobre Diligencia Debida (CSDDD) para grandes empresas |
Desde 2027 (estimado) |
Desde 2028 (estimado) |
Basado en fases progresivas. |
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